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Utilitarismo, más allá de la utilidad marginalista

Posted on 28 enero, 202115 febrero, 2021 by Lucas Ardila

León Walras, William Jevons, Carl Menger y Alfred Marshall, quienes dan inicio a la revolución marginalista y neoclásica, excluyen el trasfondo filósofo y ético que construyeron Bentham y Mill.

 

Jeremy Bentham y John Stuart Mill, autores asociados con el utilitarismo. Imagen tomada de Literatura Contemporánea

La revolución marginalista significó un cambio de paradigma en la manera de concebir la doctrina económica. A partir de esta se reemplazó el aparato analítico de la teoría económica clásica por una nueva teoría que, de manera unánime, se volvió la base del estudio de la teoría económica (Skousen, 2010). Esta tomaría las riendas y se haría dominante aproximadamente entre 1870 y 1930 (Colander, 2000), hasta la publicación de la obra más distinguida de John Maynard Keynes, Teoría general del empleo, el interés y el dinero.

Para su comprensión, de manera general, se identifica que la revolución marginalista comenzó con la publicación de las obras de William Jevons y Carl Menger en 1871, y León Walras en 1874. En 1890, con su libro Principios de economía, Alfred Marshall se adhiere al análisis marginal y sintetiza tanto las obras de los clásicos como la de los marginalistas: lo que se conoce como la escuela neoclásica (Brue y Grant, 2009). A partir de ello, se desarrolla un proceso de caracterización donde se constituye como la combinación del “modelo de liberalismo económico de Adam Smith y la teoría marginal del valor” (Skousen, 2010, p. 252).

Ahora bien, frente a la teoría del valor, hay una ruptura abrupta de paradigma frente a sus predecesores, los clásicos, ya que en estos se sostenía que

El valor de una mercancía, o la cantidad de cualquier otra mercancía por la que pueda intercambiarse, depende de la cantidad relativa de trabajo necesaria para su producción, y no de la compensación mayor o menor que se paga por dicho trabajo (Ricardo, 2003, p. 35)

Por el contrario, la teoría de valor que desarrolla la escuela marginalista, que fue descubierta paralelamente por Walras, Menger y Jevons en sus obras principales, expone que el “valor es la significación que unos concretos bienes o cantidades parciales de bienes adquieren para nosotros, cuando somos conscientes de que dependemos de ellos para la satisfacción de nuestras necesidades” (Menger, 2006, p. 178). Con anterioridad, esta teoría se desarrolla en el cuarto de siglo en el que el libro Principios de economía política de John Stuart Mill, publicado en 1848, tenía una significativa hegemonía en las escuelas de economía europeas.

A diferencia de las obras de otros economistas clásicos anteriores y contemporáneos, Mill hace énfasis al concepto de utilidad que hereda de su mentor Jeremy Bentham (como se puede ver en las citas y referencias a este en sus textos como El Utilitarismo [1863] y Sobre la Libertad [1859] y en las biografías elaboradas por autores como Nichols Capaldi [2004]). A partir de ello, los economistas marginalistas acuñan uno de los determinantes para la construcción de su escuela de pensamiento económico: el estudio de la utilidad.

Con John Stuart Mill se cierra así la fundamentación de la teoría utilitarista, la que sería retornada, más tarde, por la escuela neoclásica para construir su modelo teórico sobre el comportamiento de los individuos y el bienestar de la sociedad (Valencia, 2013, p. 124).

Esta doctrina utilitarista se entiende como

La doctrina que acepta como fundamento de la moral a la utilidad o principio de la máxima felicidad, que sostiene que las acciones son correctas en proporción a su tendencia a promover la felicidad, e incorrectas si tienden a producir lo contrario a la felicidad (Mill, 1891, p. 45)

Aparte del acoplo de máximas, el concepto de utilidad que mencionan Walras, Menger y Jevons sus obras principales, luego sintetizadas por Marshall en su Principios de economía  de 1890, se basa en una sobre simplificación de dicha doctrina, que excluye partes de la construcción de la corriente filosófica de Jeremy Bentham como su relación con la justicia, la equidad, las libertades positivas y negativas, las diferencias interpretaciones de utilidad y el principio humanitario utilitarista (relaciones que se expondrán y explicaran más adelante).

Algunos de estos determinantes, sin embargo, fueron abordados desde el análisis marginalista por parte de Arthur Pigou en The Economics of Welfare en 1920 y en corrientes como la nueva economía del bienestar desde exponentes como Bergson, Samuelson, Arrow y Pigou. Estos autores utilizan herramientas de análisis como las funciones de bienestar social, que se han elaborado bajo diferentes vertientes teóricas (como la teoría ética utilitarista de Bentham [1789], la teoría de la justicia de Rawls [1971], las construcciones de ordenamientos sociales de Borda [1784] y Condorcet [1785], el análisis matemático del valor esperado de Bernoulli [1738], entre otros). En estas se agregan las utilidades individuales de los consumidores según un criterio dado y se resuelven maximizando dicho problema. Bajo este estudio marginalista, llegan a tratarse aspectos como la equidad.

Respecto a la equidad se encuentra que “Frente al análisis de las funciones de bienestar social, decimos que una asignación es equitativa si ningún agente prefiere la cesta de otro a la suya propia” (Varian, 2010, p. 668) y respecto a la justicia se tiene que

(Con referencia a las funciones de bienestar social, estas) utilizar para resumir las propiedades de muchos tipos de juicios morales […] a partir de algunos juicios morales concretos y examinar sus implicaciones en relación con la cuestión de la distribución económica […] éste es el enfoque que se adopta en el estudio de las asignaciones justas. (Varian, 2010, p. 667)

Sin embargo, el análisis que se elabora en este texto contempla el utilitarismo clásico como doctrina ética y filosófica compulsado con los exponentes de la revolución marginalista.

Ahora bien, para la comprensión conceptual se debe abordar la relación de la utilidad con la justicia, la equidad, las libertades positivas y negativas, las diferencias interpretaciones de utilidad y el principio humanitario utilitarista.

 

  • Ver Retos para la reactivación económica de Colombia en 2021.
  • Ver El campesino como sujeto político.

 

Utilidad y justicia

En el quinto capítulo de la obra El Utilitarismo de Mill se estudia la relación entre la justicia y la utilidad. Acá el autor busca explicar cómo el concepto de justicia suele entrar en conflicto en diferentes disciplinas y cómo se crea y ha llegado a pensar que la utilidad se contrapone a la justicia. Esto, por su parte, es lo que el autor busca rebatir. “En todas las edades especulativas, la mayor objeción que se ha opuesto a la admisión de la utilidad o del bienestar como criterio del bien y del mal estaba basada en la idea de justicia” (Mill, 1891, p. 87). En este punto, el análisis se centra en la visión moralista del principio de utilidad y sus distinciones con lo que se concibe como justicia: la utilidad es un factor decisorio en el entendimiento de un acto como justo al abogar por el bienestar general o como injusto al no generar un mayor bienestar a las mayorías. Así, para Mill, la utilidad social resulta ser un criterio determinante para que una acción sea objetivamente justa.

Considero que la justicia se base en la utilidad como parte más importante y mucho más inviolablemente obligatoria que ninguna otra de la moral. Justicia es el nombre que se da a la clase de reglas morales que más íntimamente conciernen a lo esencial del bienestar humano y, por lo tanto, obligan de un modo más absoluto que todas las otras reglas de conducta de la vida. (Mill, 1891, p. 121)

Otros autores como Amartya Sen, en su libro Bienestar, justicia y mercado, también hacen críticas a la visión de utilidad en la economía marginalista y, por tanto, neoclásica, que en su momento era la visión predominante de la ciencia económica. Este autor considera que el enfoque de la utilidad desde la satisfacción que genera el consumo de un bien (Walras, 1987, p. 216; Jevons, 1998, p. 93; Menger, 2006, p. 84; Marshall, 2013, p. 103) no es una base de información suficiente para determinar e incluso valorar que es justo y que no lo es. Además, argumenta que un análisis de las capacidades que genera el consumo de un bien o el nivel de vida al que puede llevar tener acceso a un determinado consumo de bienes permitiría que el análisis esté más cerca de determinar los niveles de justicia de los cuales se goza o se puede llegar a gozar.

Utilidad y libertad

A pesar de que, desde la escuela marginalista y sus principales exponentes, la utilidad se entiende como satisfacción, esto es, la utilidad “consiste en la capacidad que posee un tipo de riqueza analizado de satisfacer necesidades más o menos generalizadas o numerosas” (Walras, 1987, p. 216) y “utilidad es la capacidad que tiene una cosa de servir para satisfacer las necesidades humanas y, por consiguiente, un presupuesto general de la cualidad de los bienes” (Menger, 2006, p. 84), la utilidad no se limita a la satisfacción.

La felicidad y bienestar generado a la mayor cantidad de individuos tiene diferentes vertientes. Por ejemplo, felicidad en sí misma, satisfacción de un deseo (más próxima al análisis marginalista) o libertad de elección (Sen, 1997, p. 64). Mill desarrolla la relación entre la utilidad y la libertad, desde su enfoque positivo y su enfoque negativo sin mencionarlo explícitamente. Este autor establece que los principios morales de la utilidad pueden ser obstaculizados por libertades negativas, que pueden obstaculizar la libertad de otro al perseguir su propio bien (Mill, 1981, p. 58). Igualmente, acuña la libertad (desde su vertiente positiva) como autorrealización y la desarrolla más a fondo en su texto Sobre la libertad de 1859.

Aunque el liberalismo económico, bajo el laissez faire parece estar relacionado con la libertad negativa (dejar hacer, dejar pasar), la libertad desde su vertiente positiva también puede ser cercana al concepto de utilidad tomado como autorrealización, es decir, relacionado con la satisfacción y autosatisfacción. La vertiente negativa, en la que, según Mill, “un individuo es libre de hacer cuanto desee mientras no dañe al prójimo” (Mill, 1859, p.27), no entra en la discusión o en la simplificación que hacen inicialmente Menger, Walras y Jevons, sino que su primera aproximación en el análisis marginalista aparece hasta 1890 en Principios de economía de Alfred Marshall como “economías externas”.

Principio humanitario utilitarista

Una de las mayores discrepancias entre la idea clásica de utilidad y la idea marginalista de utilidad es su principio humanitario. En el primero, desde los Principios de la moral y la legislación de Bentham, se busca que el principio de utilidad sea no-antropocentrista, no-egoísta y su no-individualista. No antropocentrista al no centrarse en el ser humano como único eje del cálculo hedónico, puesto que se argumenta que la felicidad y el sufrimiento no son exclusivos de los hombres y mujeres (Bentham, 2000, p. 37). No individualista al tomar al individuo únicamente dentro de su medida en la sociedad, como un cuerpo ficticio (Bentham, 2000, p. 45) y, por tanto, promoviendo el interés general de la sociedad (Mill, 1981, p. 20). Y no egoísta, ya que Mill argumenta que, más allá del engrandecimiento del yo, la búsqueda de la felicidad social o la de los otros sería un fin en sí mismo y generaría mayor felicidad individual (Mill, 1891, p.19).

Esta es una ruptura con la utilidad de la escuela marginalista y neoclásica, al no tener esta un objetivo social (Rivera, 2011). En esta teoría la búsqueda de la maximización de utilidad compete únicamente a intereses individuales y egoístas, sin propósito social definido. Y, de este modo, se excluye el principio humanitario utilitarista. Esto se ve en el individuo que expone Marshall en sus Principios de economía: este individuo “no está bajo ninguna influencia ética, persigue la ganancia pecuniaria con cautela y energía, de manera mecánica y egoístamente” (2013, p. 7).

Conclusiones

De esta manera, se identifica que León Walras (1834–1910), William Jevons (1835–1882), Carl Menger (1840–1921) y Alfred Marshall (1842–1924) son los autores que dan inicio a la revolución marginalista y neoclásica, excluyendo el trasfondo filósofo y ético que construyeron Bentham y Mill. Esta sobre simplificación se redujo a la capacidad del consumo de un bien para satisfacer necesidades. A partir de estos postulados, se han planteado críticas epistemológicas a la corriente marginalista y neoclásica y se ha dado lugar a nuevas escuelas de pensamiento económico que buscan una aproximación (mucho más completa) que vea el comportamiento de los individuos desde todas sus aristas. Esto no desconoce las ventajas que ha traído el análisis marginalista a la teoría económica y el marco de referencia proporcionado, pero permite reflexionar sobre la exclusión que hace esta corriente del contenido filosófico, del estudio de relaciones sociales y de los principios éticos que competen a la economía como ciencia social.

Referencias

Bentham, J. (2000). Principles of morals and legislation. Kitchener.

Brue, S. y Grant, R.  (2009). Historia del pensamiento económico. Cengage learning.

Colander, D. (2000). The death of neoclassical economics. Journal of the

           History of Economic Thought, 22(2), 127-143.

Jevons, W. (1998). La teoría de la economía política. Pirámide.

Lozano, F. y Moreno J. (2018). ¿Se comparte la misma idea al utilizar el término

neoclasicismo? Cuadernos de Economía, 37(73), 25-44.

Marshall, A. (2013). Principles of Economics. Palgrave Classics in Economics.

Menger, C. (2006). Principios de economía política. Unión.

Mill, S. (1859). Sobre la libertad. Libera los libros.

Mill, S. (1891). El Utilitarismo. Sociedad general española de librería.

Monsalve, S. (2018). Competencia bajo equilibrio de Nash. Facultad de ciencias económicas, Universidad Nacional de Colombia.

Ricardo, D. (2011). Principios de economía política y tributación. Pirámide.

Rivera, A. (2010). El utilitarismo de Jeremy Bentham, ¿fundamento para teoría de León Walras? Cuadernos de economía, 30 (55), 55-76.

Sen, A. (1997). Bienestar, justicia y mercado. Paidós Ibérica, S.A.

Sen, A. (2011). La idea de justicia. Alianza.

Skousen, M. (2010). La formación de la teoría económica moderna. Unión editorial.

Valencia, G. (1999). Crítica a las bases éticas de la teoría neoclásica en la propuesta del bienestar social de Amartya Sen. Universidad de Antioquia.

Varian, H. (2010). Microeconomía intermedia: enfoque actual. Antoni Bosch.

Walras, L. (1987). Elementos de economía política pura. Alianza.

Lucas Ardila

Lucas Ardila es estudiante de Economía de la Universidad Nacional. También hace parte del Grupo de Estudios Fiscales y de Equidad. Le interesa la economía agrícola, la economía política y las teorías de la desigualdad. Asimismo, es aficionado a la paleontología y a las ciencias sociales. @LukeArdila.

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